Los derechos sociales obligan a los estados a tener mayor control sobre la economía de mercado
Ya sabemos que la economía española, de acuerdo con la Constitución, se asienta sobre una "economía de mercado", corregida por múltiples prescripciones y exigencias que tratan de evitar que se acentúe la desigualdad social.
Que estamos ante una sociedad desigual socialmente es tan indudable que lo reconoce el propio Tribunal Constitucional: la economía de mercado se asienta sobre un "ordenamiento compensador e igualador en orden a la corrección, al menos parcialmente, de las desigualdades fundamentales". Son varios los factores correctores, que podrían resumirse en uno: la subordinación de la riqueza al interés general. Precisamente, el equilibrio entre economía de mercado y la garantía del interés general es lo que hace que la Constitución defina a nuestro Estado como una "democracia social de derecho".
Por esta razón, el ciudadano no solo tiene derechos civiles y políticos, sino también derechos sociales y económicos que pretenden otorgarle el nivel de bienestar derivado de la condición humana. Conviene tener presente que la Constitución española proclama que "la dignidad de la persona" y el "libre desarrollo de la personalidad" son dos fundamentos del orden político y de la paz social.
El reconocimiento de todos estos derechos significa que las administraciones públicas deben ser garantes de ese bienestar.
Ya sabemos que la economía española, de acuerdo con la Constitución, se asienta sobre una "economía de mercado", corregida por múltiples prescripciones y exigencias que tratan de evitar que se acentúe la desigualdad social.
Que estamos ante una sociedad desigual socialmente es tan indudable que lo reconoce el propio Tribunal Constitucional: la economía de mercado se asienta sobre un "ordenamiento compensador e igualador en orden a la corrección, al menos parcialmente, de las desigualdades fundamentales". Son varios los factores correctores, que podrían resumirse en uno: la subordinación de la riqueza al interés general. Precisamente, el equilibrio entre economía de mercado y la garantía del interés general es lo que hace que la Constitución defina a nuestro Estado como una "democracia social de derecho".
Por esta razón, el ciudadano no solo tiene derechos civiles y políticos, sino también derechos sociales y económicos que pretenden otorgarle el nivel de bienestar derivado de la condición humana. Conviene tener presente que la Constitución española proclama que "la dignidad de la persona" y el "libre desarrollo de la personalidad" son dos fundamentos del orden político y de la paz social.
El reconocimiento de todos estos derechos significa que las administraciones públicas deben ser garantes de ese bienestar.
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La exigibilidad del derecho a la vivienda ante los tribunales sería viable cuando el poder público:
a) Viola o incumple una obligación derivada de su posición de garante de la calidad de vida, no proporcionando "viviendas dignas y adecuadas", a precios razonables, a los sectores más necesitados de la sociedad.
b) Mantiene de forma sistemática y constante --más allá de un plazo razonable-- una omisión de medidas básicas para garantizar a los ciudadanos aquella prestación.
Carlos Jiménez Villarejo,
Exfiscal anticorrupción y miembro del Comité de Apoyo de Attac
Carlos Jiménez Villarejo,
Exfiscal anticorrupción y miembro del Comité de Apoyo de Attac
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El texto completo se puede leer en la web de attacMadrid.
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